La Corte Suprema de Estados Unidos reafirma la ciudadanía por nacimiento frente a intento de restricción

Este martes 30 de junio de 2026, la Corte Suprema de Estados Unidos emitió un fallo que representa un importante revés para la administración republicana al rechazar la orden ejecutiva firmada por el expresidente Donald Trump el 20 de enero de 2025, en su primer día de regreso a la Casa Blanca. Dicha orden buscaba restringir el acceso automático a la ciudadanía por nacimiento para los hijos de inmigrantes en situación irregular o con permanencia temporal en el país.

Con una votación de seis magistrados contra tres, el Tribunal reafirmó la interpretación histórica y constitucional de la Decimocuarta Enmienda, vigente desde finales del siglo XIX, que reconoce el derecho a la ciudadanía para quienes nacen en territorio estadounidense, independientemente del estatus migratorio de sus padres. Esta decisión mantiene la vigencia del principio conocido como “derecho de suelo”, salvo excepciones específicas como los hijos de diplomáticos extranjeros.

El presidente del Tribunal Supremo, John Roberts, destacó en el dictamen mayoritario que “la ciudadanía, tanto antes como ahora, era el derecho a tener derechos: a participar libremente en nuestra comunidad política. Los redactores de la Decimocuarta Enmienda ampliaron esa promesa a toda persona nacida libre en esta tierra. Hoy mantenemos esa promesa”. Cabe señalar que uno de los jueces conservadores, Brett Kavanaugh, se sumó a la mayoría, aunque fundamentó su voto en una ley federal y no en la Constitución.

La orden ejecutiva de Trump establecía que solo serían reconocidos como ciudadanos al nacer aquellos hijos de al menos un padre ciudadano estadounidense o residente permanente legal, excluyendo a los hijos de inmigrantes en situación irregular, visitantes temporales y personas con estancias legales pero sin intención de residencia permanente. De haberse implementado, esta medida habría afectado el estatus legal de hasta 250 mil bebés cada año y habría obligado a millones de familias a presentar pruebas adicionales sobre la ciudadanía de sus hijos.

Sin embargo, la orden nunca entró en vigor, pues fue bloqueada por tribunales federales poco después de su emisión. Este fallo reciente de la Corte Suprema confirma la vigencia de una jurisprudencia que protege un derecho fundamental, evitando complicaciones legales y sociales que afectarían a numerosas familias.

En un momento en que la movilidad y el orden social son temas de creciente preocupación, esta resolución contribuye a preservar la estabilidad jurídica y social que muchas familias valoran profundamente, reafirmando principios que han sido parte del tejido constitucional y cultural durante más de un siglo.

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